Ponemos a su disposición las pólizas de responsabilidad civil para viajero aplicables en los cruces internacionales administrados por el Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua.
LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL, ARTÍCULO 63 BIS:
“Todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo. La contratación del seguro será responsabilidad del propietario del vehículo”.
Los requisitos de la póliza de seguros de auto con la que debe contar para transitar por los Puentes Fronterizos administrados por el Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua son:
Mínimo una cobertura de daños a terceros;
En caso de vehículos extranjeros, contar con cobertura de daños a terceros en territorio mexicano.